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Beca 6000

Beca 6000

Con fecha 21 de julio de 2011 se han publicado en el BOJA las bases y la convocatoria para la Beca 6000, dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse estudios oficiales de bachillerato o de ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Los requisitos para poder acceder a ella son los siguientes:

a)     Participar en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio.

b)     Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

c)      Reunir los requisitos específicos para ser beneficiario del componente de compensación educativa de las becas y ayudas al estudio en las enseñanzas posobligatorias

d)     No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de bachillerato o técnico de cualquier profesión.

e)     En el caso del alumnado de primer curso de bachillerato o ciclo formativo de grado medio de formación profesional inicial, este deberá haber cursado los estudios de educación secundaria obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria correspondiente.

f)       En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.

g)     Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial, quedando excluido del ámbito de aplicación de esta Orden el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.

h)    Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la beca 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico y académico establecidos en esta Orden.

i)       Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca.

j)       No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.

El formulario de solicitud se podrá obtener en la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/educacion. La solicitud se presentará preferentemente en el centro docente donde se vayan a seguir los estudios para los que se conceda la beca.

El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 22 de julio al 30 de septiembre de 2011.

 

 

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